Impuestos por alquilar un espacio para publicidad

Los ingresos por alquilar un espacio para publicidad se declaran. Si el espacio es tuyo, van a tu IRPF; si es un elemento común de una comunidad de vecinos, la renta se atribuye a cada propietario según su cuota. Puede haber IVA. Esta guía es orientativa: confirma tu caso con un asesor.

¿Quieres saber cuánto podría generar tu espacio? Envíanos un mensaje con la dirección y unas fotos y te damos una valoración gratuita y sin compromiso.

Particular propietario del espacio

La renta se declara en el IRPF. Consulta con tu asesor si se trata como rendimiento de capital inmobiliario o de otro tipo según tu caso, y qué gastos son deducibles.

Comunidad de propietarios

Las comunidades de propietarios no tributan por estas rentas: se atribuyen a cada copropietario según su coeficiente de participación, aunque el dinero se quede en la comunidad (por ejemplo, para pagar la obra). El administrador informa a Hacienda del reparto y suele aparecer en los datos fiscales de cada vecino.

Empresa o autónomo

Si el espacio pertenece a tu actividad, el ingreso forma parte de tus ingresos de actividad y normalmente lleva IVA.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que declarar el dinero de la lona aunque se lo quede la comunidad?

Sí. Cada propietario declara la parte que le corresponde según su cuota, aunque no lo haya cobrado directamente.

¿Lleva IVA?

Depende de quién arriende y de su situación fiscal. Consúltalo con tu asesor o con la Agencia Tributaria.

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